El Poder Ejecutivo presentó el reglamento para el retiro del 100% de las cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), luego de cumplirse el plazo previsto. Según indica el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), los empleados podrán realizar retiros totales o parciales de la cantidad que tengan disponible en su cuenta.
¿Cómo se harán las solicitudes?
El trabajador podrá solicitar, preferentemente de manera remota, a la entidad financiera en la que esté su cuenta, el desembolso mediante transferencias a la cuenta que indique, ya sea de banco, caja, financiera o cooperativa de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público.
Es decir, el monto de dinero de tu cuenta de CTS que solicites será pasado a otra cuenta de tu propiedad, o la que elijas, para que luego uses el dinero desde esa cuenta o puedas retirar el efectivo en cajeros o agencias.
Luego de recibida la solicitud de desembolso, la entidad financiera deberá realizar la transferencia a la cuenta que precise en un plazo no mayor a dos días.
Según precisan, la norma tiene alcance para los trabajadores del sector privado, los trabajadores de las empresas del Estado y los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen 728.
Asimismo, se indica que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) podrá dictar normas para el cumplimiento del desembolso de la CTS.
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